CEDAW: Convención sobre la eliminación de
todas las formas de discriminación contra la mujer (NNUU, 1979).
Es el estatuto internacional de
derechos para la mujer y la referencia obligatoria en materia de igualdad entre
hombres y mujeres. La Recomendación General 19 de esta Convención se refiere de
manera explícita a la violencia contra la mujer como una de las formas que
impide gravemente el goce de derechos y libertades en igualdad con el hombre. Así
mismo pone de relieve el carácter integral e interdependiente de los diferentes
derechos conquistados por la humanidad y la forma en que la violencia machista
es una traba para el ejercicio de ellos por las mujeres.
Se reconoce que la violencia contra
la mujer es una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales
entre hombres y mujeres, además de constituir una violación de los derechos
humanos y de las libertades fundamentales que impide total o parcialmente a la
mujer gozar de sus derechos y libertades.
Lectura colectiva de los artículos
Artículo 5
Articulo 6
Artículo 9
articulo 19
Articulo 23
Artículo 25