La violencia contra las mujeres y las niñas es probablemente
la violación de los derechos humanos más habitual y que afecta a un mayor
número de personas. Además está presente en todas las sociedades del mundo,
independientemente de cuál sea su sistema político o económico. La violencia
contra las mujeres no sabe de culturas, ni de clases sociales ni de etnias.
Este escándalo cotidiano se manifiesta de diferentes maneras y tiene lugar en
múltiples espacios, pero posee una raíz única: la discriminación universal que
sufren las mujeres por el mero hecho de serlo.[1]
Se ha avanzado a lo largo de
los años pero en la práctica totalidad del planeta la discriminación “de
hecho” sigue siendo una realidad. El movimiento feminista y diversas
organizaciones sociales han jugado un papel fundamental para estos avances a
nivel social, legislativo y en instancias internacionales. Uno de los
instrumentos utilizados han sido los tribunales simbólicos o de conciencia. Destaca
entre todos ellos el Tribunal desarrollado en Viena en el marco de la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993. A través de las voces y
testimonios de 33 mujeres se reconoció la invisibilización histórica de las
mujeres, y se reafirmó que son seres humanos y, por tanto, merecedoras de
todos los derechos ya otorgados al “hombre”. A través de los testimonios el
significado de los derechos humanos en la vida de las mujeres adquirió una
realidad y ayudó a entender este concepto a millones de mujeres y hombres en
todo el mundo. La organización del tribunal enseñó a muchas mujeres nuevas
formas de pensar sobre el uso de los mecanismos de las Naciones Unidas para
establecer responsabilidades por las violaciones a los derechos humanos de las
mujeres.
Esta Conferencia de Viena es especialmente importante porque
en ella se amplió el significado de los derechos humanos en tres sentidos. En
primer lugar, se estableció que cuando se hace referencia a los derechos
humanos se está hablando no sólo de los derechos políticos, sino de los
económicos, sociales, culturales y civiles, es decir, de los derechos asociados
al desarrollo de la humanidad y de todas las personas sin distinción.
En segundo lugar, se reconoció que los derechos de las
mujeres son derechos humanos: “… los
derechos humanos de la mujer y la niña son parte inalienable e indivisible de
los derechos humanos universales. La plena participación, en condiciones de
igualdad, de la mujer en la vida política, civil, económica, social y cultural
y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo son
objetivos prioritarios de la comunidad internacional.”
En tercer lugar, se reconoció que la
violencia contra las mujeres es una violación a los derechos humanos, y que su
eliminación de la vida pública y privada es de vital importancia para la
democracia y la paz social.
Al igual que esta Convención destacamos
también dos instrumentos clave en la defensa de los derechos de las mujeres la
Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la
Mujer, CEDAW (1979) y la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
Mujer “Convención Belem do Pará” (1994) ambas normas de obligado cumplimento para los Estados firmantes, sus recomendaciones
posteriores para su implementación y los correspondientes mecanismos de vigilancia.
Existen recomendaciones posteriores a
todos los Estados que han ratificado la CEDAW con el fin de indicarles qué medidas
pueden tomar para cumplir con lo que se ha establecido. Su importancia ha ido
creciendo porque amplían el alcance y el contenido de los artículos de la CEDAW
hasta el punto de incluir nuevos temas. Por esta razón, es importante hacer una
referencia a algunas de estas recomendaciones. Destacamos dos recomendaciones por
el tema que nos ocupa:
Recomendación
6 (1988): Políticas públicas que afectan a las mujeres
Los Estados deben establecer o reforzar
mecanismos, instituciones o procedimientos nacionales efectivos, a un nivel
gubernamental elevado y con recursos, compromisos y autoridad suficientes para:
asesorar acerca de las repercusiones que tendrán sobre las mujeres todas las
políticas gubernamentales; supervisar la situación general de las mujeres;
ayudar a formular nuevas políticas y aplicar eficazmente estrategias y medidas
encaminadas a eliminar la discriminación.
Recomendación
19 (1992): Violencia contra las mujeres
Los Estados deberán ampliar el alcance
de lo dispuesto en la CEDAW en relación con la violencia contra las mujeres, y
adoptar una serie de medidas para combatir y erradicar la violencia contra las
mujeres. Entre otras cosas en esta recomendación se afirma que la violencia
contra las mujeres constituye un acto de discriminación y es una violación a
los derechos humanos.
Este reconocimiento formal de la igualdad de derechos y
el derecho a vivir una vida libre de
violencia se ha revelado muy insuficiente para garantizar el disfrute efectivo
de todos los derechos por parte de las mujeres. A pesar de los importantes
avances jurídicos, existe una enorme brecha entre el reconocimiento formal de
los derechos humanos de las mujeres y la posibilidad de disfrutarlos. A
continuación unos datos que nos muestran esta realidad mundial y en nuestro
entorno más cercano.
En la
Comunidad Autónoma del País Vasco:
- El 82,3% de empleos a tiempo parcial es realizado por mujeres[2].
- Sólo el 22% de municipios de la CAE tienen alcaldesas[3].
- Las principales empresas (BBVA, Gamesa, Iberdrola) están dirigidas por hombres y la participación de las mujeres en sus consejos de administración es de media de un 11,1%.[4]
- Según la Plataforma Feminista en 2010, 8 mujeres fueron asesinadas en Euskal Herria.A nivel mundial:
·
Una de cada
tres mujeres sufre malos tratos o abusos sexuales a lo largo de
su vida (FNUAP, 2000).
- Más de 60 millones de mujeres “faltan” hoy en el mundo a consecuencia de prácticas como el aborto selectivo en función del sexo y el infanticidio femenino. Amartya Sen.
- Según ONU Mujeres el problema sigue siendo universal ya que las mujeres y las niñas son víctimas de violencia en todas las regiones y en todos los países. Las mujeres que son víctimas de violencia sufren una serie de problemas de salud y su habilidad de participar en la vida pública se ve disminuida. ONU Mujeres. [5]
- Entre las mujeres de entre 15 y 44 años, los actos de violencia causan más muertes y discapacidad que el cáncer, la malaria, los accidentes de tráfico y la guerra conjuntamente. ONU Mujeres.
Sin
olvidar que siguen dándose muchos problemas en cuanto a la obtención de datos y
su sistematización en este tema, estos datos nos hacen ver que hoy también
sigue siendo imprescindible el trabajo en pro de los derechos humanos de las
mujeres.
La
crítica feminista ha denunciado el sesgo marcadamente androcéntrico del
discurso de derechos humanos y su consecuente invisibilización de las
realidades, voces y necesidades específicas e intereses estratégicos de las
mujeres. Diversas autoras han evidenciado cómo la concepción y aplicación de
los derechos humanos se concibió desde sus inicios en clave masculina: el
hombre como parámetro de lo “humano”, con derechos que se ejercen en la esfera
pública, en la relación ciudadano-Estado.
Desde
los años 70, el movimiento feminista ha demandado la necesidad de una reconceptualización
de los derechos humanos para que se tengan en cuenta las diferencias y
particularidades de las vidas de las mujeres y sus especiales necesidades de
protección. Y no sólo sigue siendo necesaria la reconceptualización de los
derechos humanos sino también una práctica real y efectiva sobre la legislación
en esta materia ya existente.
Las mujeres tienen derecho a vivir una
vida libre de violencia y de discriminaciones de cualquier tipo, a vivir en un
sistema social en el que no existan relaciones desiguales de poder basadas en
el género, a ser valoradas y educadas sin estereotipos de
conductas y prácticas basadas en conceptos de inferioridad y subordinación
entre los sexos, a contribuir al desarrollo y el bienestar de la sociedad y a
participar en igualdad de condiciones que los hombres en la vida política económica, social, cultural o de
cualquier otra índole, disfrutando así de los derechos humanos universales.
Los derechos humanos son dinámicos y se
van construyendo y ampliando a partir de la emergencia de nuevas problemáticas
y de las reivindicaciones de distintos grupos sociales. Desde el inicio de nuestra
organización, hace 25 años, Mugarik Gabe[6], nos
sumamos a esta lucha por los derechos humanos en general y los derechos de las
mujeres específicamente, reconociendo todo el trabajo desarrollado por mujeres
feministas y el movimiento feminista.
Muchos
y cada vez más derechos humanos están consignados en las leyes de nuestros
países pero sigue siendo ineludible la lucha por los derechos de las mujeres, el
derecho a vivir una libre de violencias. Es por ello que dentro de nuestra estrategia
de Equidad de género y educación para la transformación pusimos en marcha en
2010 la campaña Enfrentamos todas las
Violencias Machistas. Patriarkaturik gabe Denok Jabe[7]
con el objetivo de visibilizar y denunciar la diversidad de violencias
machistas con una mirada global presentando las diferentes estrategias para
enfrentarlas desde los movimientos feministas. Queremos visibilizar nuestra
denuncia de las violencias machistas como violación de los derechos humanos y
la búsqueda de alternativas a nivel global y local. Entendemos las violencias
machistas como un problema político, una violación de derechos humanos y el
elemento clave en la estrategia de dominación patriarcal histórica, así como
eje común en las agendas feministas a nivel global.
Desde el
inicio de la campaña y utilizando diversas herramientas como la realización del
documental Martxan: Feministas en
movimiento contra las Violencias Machistas, muestras de cine, jornadas de
reflexión y grupos de incidencia con instituciones, medios de comunicación y
movimientos sociales, hemos ido abordando la diversidad de violencias machistas
que operan en nuestras sociedades y analizando diferentes estrategias para
enfrentarlas.
Este
año 2012 nos hemos centrado en propuestas de incidencia política encaminadas a
la construcción de un Tribunal de Derechos Humanos de las Mujeres. Aprendiendo
e inspirándonos en diferentes tribunales desarrollados realizaremos un Tribunal
de Derechos de las Mujeres en Euskal Herria en 2013. Cuando se cumplen 20 años
de la realización del Tribunal: Los
derechos de las mujeres son derechos humanos hito histórico en el
reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres realizado en el marco de
la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena.
A
lo largo de estos años se han desarrollado multitud de tribunales de derechos
de las mujeres en decenas de países, estos tribunales si bien realizados con diferentes metodologías y adaptaciones a las
realidades locales, todos tienen un mismo objetivo: acabar con la
discriminación y la violencia contra las mujeres.
Los
tribunales de derechos de las mujeres son eventos públicos, de carácter simbólico
y educativo. Un espacio donde las historias de las mujeres que han sido
víctimas entran dentro de las representaciones y discursos dominantes y
reafirman la imagen de las mujeres como sujetas activas y protagonistas. Son
también un acto de transgresión y de acción política, de demanda frente a
instituciones para incidir en las políticas, como la incidencia en las
representaciones mediáticas y en el imaginario social buscando el
reconocimiento de las discriminaciones y violencias que experimentan las
mujeres en diversos ámbitos de su vida. Son espacios educativos, donde rigen nuevos valores como es la
igualdad entre hombres y mujeres, para lo que se exige el ejercicio pleno de
los derechos de las mujeres en igualdad a los hombres.
Juegan
un papel muy importante en el cambio de visión hacia las mujeres, dejando de
lado la noción únicamente de víctimas y asumiéndolas como sujetas activas, ya
que son ellas las que denuncian y hacen visible lo que les ha ocurrido
públicamente y son ellas, las que llevan adelante una actividad como el
Tribunal.
Destacamos
la función de los tribunales como espacios para el empoderamiento de las
mujeres, para la sensibilización de la sociedad, y para la lucha contra la
violencia contra las mujeres. Igualmente empoderamiento de las mujeres respecto
al conocimiento de las normas internacionales y la legislación vigente para su
apropiación, la asunción del derecho a tener derechos, reivindicar en el caso
de los vacíos legales y exigir su cumplimiento y la reparación en caso de
vulneración.
Los
tribunales tienen un sentido ético-político dado que se denuncian las
vulneraciones de derechos de las mujeres y se expone a los Estados sus obligaciones
como garantes de derechos de toda la ciudadanía, además de recordar
convenciones y tratados internacionales que tienen firmados y están
incumpliendo.
En los tribunales de derechos subyace la idea
de sentar precedentes documentados de la discriminación que experimentan las
mujeres, dejando en evidencia la necesidad de adecuar el ordenamiento jurídico
y normativo nacional a los principios del derecho internacional, en la medida
que denuncian casos de violación del derecho a la igualdad consagrado
internacionalmente e interpelan a la legislación y sistemas de administración
de justicia. La construcción del Tribunal es un proceso colectivo
junto a organizaciones feministas, institutos de estudios, etc. El tribunal que se desarrollará en
junio en Bilbao abordará casos de vulneración de derechos humanos tanto aquí
como en América Latina, para visibilizar la desigualdad global y las causas
estructurales de la misma. Este tribunal será un paso más en un proceso ya
abierto y que continuará para la concienciación y la búsqueda de la
responsabilidad de la sociedad así como la incidencia para la mejora y
ampliación de políticas públicas para erradicar estas discriminaciones y
violencias contra las mujeres.
Con nuestro Tribunal de Derechos de las
Mujeres en el mes de junio de 2013
buscamos la concienciación de
diferentes agentes de la sociedad, tanto sociedad civil, como medios de
comunicación, instituciones, etc. identificando las diferentes violencias
machistas como vulneración de los derechos humanos de las mujeres. Vemos esta
resignificación de las violencias machistas en un marco de vulneración de
derechos humanos como un primer paso para conseguir una conciencia social que
haga frente a todas las violencias machistas.
El Tribunal no es una acción con un fin en sí
mismo sino un paso más hacia la reivindicación de los derechos de las mujeres,
se abre tras su realización un periodo de trabajo siguiendo las recomendaciones
del jurado y las juezas. Estas recomendaciones serán dirigidas tanto a la
sociedad civil, como a las instituciones públicas, los movimientos sociales,
medios de comunicación, etc..
Como
señala Corine Kumar una de las activistas y precursora de muchos de los
Tribunales celebrados en varios lugares del mundo: Los Tribunales de Derechos de las Mujeres: Ha sido un sueño de muchos
años; el sueño de romper el silencio que envuelve la violencia; de reescribir
las historias de las mujeres, de reclamar sus memorias, de encontrar una nueva
visión para nuestros tiempos. Contar nuestras historias no sólo del dolor, también del valor y la supervivencia; de
encontrar otras lógicas, otras maneras del saber.
Bibliografía consultada:
Charlotte
Brunch, Claudia Hinojosa, Niamh Reilly, editoras. 2000 Los Derechos de las Mujeres son Derechos Humanos. Crónicas de una
movilización Mundial
Comité
Organizador del Primer Tribunal Nacional sobre Violaciones a los Derechos
Humanos de las Mujeres. 1995. Memoria
Primer Tribunal Nacional sobre Violaciones a los Derechos Humanos de las
Mujeres
Instituto
Interamericano de Derechos Humanos, 2009. Guía
de capacitación en derechos humanos de las mujeres. Tejiendo el cambio
Lidia
Casas y Natacha Molina, 2003. Guía de
Tribunales de los Derechos de la Mujer
Mugarik
Gabe. 2012 Una vida sin violencias
machistas: una apuesta de Mugarik Gabe.
Programa Radio
Internacional Feminista.1993 Voces
inquebrantables. Análisis del Tribunal Latinoamericano y Caribeño de
Violaciones de los Derechos Humanos de las Mujeres
Ruta
Pacífica de las Mujeres. 2011 Boletín
Institucional nº13 Entre Mujeres del Mundo
Sheila Dauer, 2001 Indivisible o invisible. Los Derechos Humanos
de las Mujeres en las esferas pública y privada. Artículo
tomado del libro de Margorie Agosin (ed.). Women, Gender, and Human Rights. A
Global Perspective. Rutgers University Press, Nueva Jersey y Londres,
[2] Emakunde. Cifras. Mujeres y Hombres en Euskadi. disponible en www.emakunde.euskadi.net/u72-20010/es/contenidos/informacion/cifras_ant/es_emakunde/adjuntos/cifras_2011_es.pdf
[3] Ibid.
[4] Ibid
[5]
Datos de ONU Mujeres 2010. Disponibles
en www.unwomen.org
[6] Mugarik Gabe
somos una ONGD de Cooperación Desarrollo, entendemos este desarrollo de manera
global e interdependiente entre países. Comenzamos el trabajo desde nuestro
entorno extendiéndolo más allá de nuestras fronteras para lograr un desarrollo
humano integral, equitativo entre mujeres, hombres y pueblos diferentes y
sostenible para generaciones futuras. Para saber más www.mugarikgabe.org
[7] Sin Patriarcado todos y todas
empoderadas